martes, 1 de julio de 2008

REQUISITO DEL INFANTICIDIO


Para que exista el INFANTICIDIO es requisito indispensable el dolo, o sea, la voluntad de matar y, del móvil del honor se necesitan que concurran dos factores: a) la cualidad de la madre o de próximo pariente determinado en el sujeto activo y b)especial condición jurídico biologica del sujeto pasivo, esto quiere decir que, es indispensable que, el recién nacido, NAZCA VIVO y, que no esté inscrito en el registro del estado civil dentro del término legal.
Pero por qué el dolo?
Porque tiene que haber la voluntad consciente de dar muerte al recién nacido para salvar el propio honor o honra de la madre, hija, esposa, hermana.
Si la muerte proviene por culpa de la madre o de otros parientes, no hay infanticidio sino HOMICIDIO CULPOSO.
Si el recién nacido muere por ABANDONO sin concurrir el ánimo de darle expresa muerte, el hecho no es infanticidio, sino ABANDONO SEGUIDO DE MUERTE.
Todo esto quiere decir que,cualquier otro mòvil que no sea el de SALVAR EL HONOR, excluye completamente, el delito de INFANTICIDIO, VICTORIA MORA PAOLI

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