domingo, 13 de julio de 2008
SUJETO PASIVO DEL INFANTICIDIO
13/7/08 Hoy se hablara del sujeto pasivo del delito de infanticidio
El ùnico sujeto pasivo que existe es el niño RECIEN NACIDO, NO INSCRITO EN EL REGISTRO del ESTADO CIVIL, dentro del término legal.
`Qué significa RECIEN NACIDO?
Es un ser que ha nacido vivo, aún cuando no se exige que haya nacido viable.Es indispensable que el RECIEN NACIDO tenga vida concreta y cierta, y no sólo una esperanza de vida.
Siempre ha habido controversia en torno a la determinación del momento en que el niño debe considerarse nacido. Aquí tenemos por ejemplo la opinión de GARRAUD y la de RUSELL-
El primero dice que, no es preciso que el niño haya vivido la vida extrauterina, la muerte ejecutada ipso facto, todavía en el seno de la madre sería seguramente,infanticidio. El segundo dice no hay nacimiento hasta que todo el cuerpo haya salido fuera del vientre materno, una expulsión parcial, no sería suficiente.
Pero el problema se presenta para establecer si configura ABORTO O INFANTICIDIO, la muerte del ser naciente, es decir, la muerte del ser durante el parto que no es un feto, ni un nacido, ya que no tiene vida extrauterina que es el requisito del infanticidio, ni sigue viviendo la vida intrauterina que es el presupuesto bàsico del ABORTO.
Ahora bien, como el código emplea la frase "RECIEN NACIDO" quiere decir ,vida independiente, enteramente, desprendido de la respiración placentaria poseyendo, por tanto, una propia respiraciòn pulmonar y QUINTANO RIPOLLES AL referirse a las eventualidades de muerte perpetradas ipso partu, antes del total desprendimiento, pero despuès de comenzar a manifestar el fruto de la concepción al exterior "al no prever nuestra ley, la hipòtesis, parece que ni debiera siquiera plantearse la situación, ya que el que está naciendo, es obvio, que no ha nacido aún y que por ende, no es recièn nacido, como el tipo exige inequivocamente.
Ahora bien, la ley exige que el homicidio se cometa en un niño recién nacido. es decir, que debe haber nacido vivo, y no puede perpetrarse en un cadáver de una persona muerta o de un ñanato (nacido sin vida), pues la existencia legal ha terminado con la muerte o nunca comenzó
Etiquetas:
RECIEN NACIDO,
vida intrauterina,
vida propia
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